El Ministerio Público Fiscal requirió dos allanamientos a sendas viviendas de la localidad de Valcheta. En uno de los domicilios viviría un hombre, acusado de integrar un grupo de whatsaap que compartía imágenes y videos con contenido de explotación sexual infantil. La causa se sustancia en diversas jurisdicciones del país ya que hay más de una treintena de personas que integraban dicho grupo.
El allanamiento se realizó en la mañana de hoy en la mencionada localidad y arrojó resultado positivos, con el secuestro de gran cantidad de dispositivos electrónicos que serán peritados especialmente por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones de la Procuración General. Trabajará en ello también la Dirección de Informática Forense.
Entre los elementos secuestrados se cuentan un CPU, un disco duro externo, gran cantidad de tarjetas de memoria, cds room y pen drives. Además se peritará una tablet y una decena de celulares, muchos de ellos apagados y sin batería.
Cabe recordar que, para la investigación unificada de este tipo de casos, la provincia de Río Negro cuenta con un protocolo de investigación de ciberdelitos, creado por la Procuración General a la luz de un instrumento similar elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación y que adhiere a la “Guía de buenas prácticas para obtener evidencia electrónica en el extranjero”.
El documento enfatiza en la función de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (Oitel), a cuyos integrantes les endilga la responsabilidad de ser los únicos que pueden examinar y analizar la evidencia digital recolectada en el marco de las investigaciones, buscando preservar en todas las ocasiones la prueba original. Dentro de éste área se encuentra, además, el referente provincial que recibe las causas de explotación sexual infantil y las remite a las Fiscalías rionegrinas correspondientes para el inicio de las investigaciones.
Entre las pautas específicas de actuación, el protocolo impone reglas para la recepción de la denuncia, la atención que debe brindarse a denunciantes menores de edad, las condiciones imperantes en la investigación preliminar y el modo de actuar en los allanamientos. Además da instrucciones precisas acerca de qué tipo de dispositivos electrónicos deben secuestrarse, cómo manipularlos para evitar pérdida de información y de qué forma garantizar una cadena de custodia que reduzca las posibilidades de futuras nulidades en el marco de la causa judicial.
Asimismo indica que el trabajo judicial debe realizarse sobre copias del material obtenido, procurando preservar el original de manera inalterable y puntualiza cuál es la prueba que puede ser susceptible de secuestro entre la que nombra los chats y blogs, juegos infantiles o de contenido sexual, registro de actividad en internet y directorios de archivos encriptados. Agrega además cualquier tipo de papel que contenga contraseñas anotadas, notas y manuales.
Entre otros aspectos, el protocolo destaca que para llevar adelante este tipo de casos, los fiscales podrán hacer uso de los medios de investigación dependientes de la Procuración General y requerir, de ser necesario, la colaboración con agencias provinciales, nacionales o internacionales especializas en la materia.