PROYECTO DE ORDENZA en Valcheta “EN APOYO A LA EMERGENCIA SANITARIA”


Visto:  Las medidas implementadas por el gobierno nacional para Prevenir esta Pandemia Mundial que sufre nuestra población, en el DECNU-2020-260-APN-PTE – Coronavirus (COVID-19), Decreto Provincial 01/2020, Disposiciones del Ministerio de Educación de la Nación, Y CONSIDERANDO: Que debemos valorar las medidas de emergencia Sanitaria tomadas por el gobierno nacional, a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario.

Que Mediante DECNU-2020-260-APN-PTE, se declara la emergencia sanitaria, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el Coronavirus COVID-19;

Que Mediante Decreto Provincial Nº 01/2020 en el mismo el Poder Ejecutivo Provincial declaró la Emergencia Sanitaria en todo el Territorio de la Provincia de Río Negro, en virtud de las medidas tomadas por el Gobierno Nacional;

Que Mediante Resolución Municipal Nº 06/2020, Se disponen medidas en función de las disposiciones mencionadas supra:

Que atento a la Emergencia declarada, el Poder Legislativo Municipal, adopta los recaudos necesarios para tal fin;

POR ELLO:  Y en uso de las facultades que le son propias y las que le confiere

La Carta Orgánica Municipal EL CONCEJO DELIBERANTE DE VALCHETA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1º: SUSPENDER a partir de la fecha, las actividades de locales bailables, hasta el 31/03/2020.

Art. 2º: RESTRINGIR a partir de la fecha, la capacidad de permanencia simultánea en locales comerciales como Restaurantes, Bares, pizzerías, cervecerías y afines, en 50 % de la capacidad habilitada, hasta el 31/03/2020.

Art. 3º: Los locales comerciales mencionados en el artículo 2º tendrán restringido el horario de atención al público hasta la 01:00 Am. Pasado ese horario se suspenden las actividades comerciales.

Art. 4º: RESTRINGIR a partir de la fecha, la capacidad de permanencia simultánea en locales comerciales, supermercados de grandes superficies, autoservicios corralones y afines, en un 50 % de la capacidad habilitada, hasta el 31/03/2020.

Art. 5º: SUSPENDER actividades en salones de eventos privados, salones comunitarios y/o a fines, hasta el 31/03/2020.

Art. 6º: SUSPENDER eventos de convocatoria privada de concurrencia masiva de índole, deportiva, cultural, religiosa y a fines, hasta el 31/03/2020.

Art. 7º: DISPONER cierre de gimnasios, canchas deportivas y afines, hasta el 31/03/2020.

Art 8º:

a) Se clausura por 24 hrs., el local comercial que no cumpla con la presente ORDENANZA en los artículos 1,2 y 3. La ejecución de este Inciso es de manera preventiva e informativa.

b) En el caso de reincidencia en el incumplimiento de la presente ORDENANZA, se clausurará inmediatamente el local comercial y se dispondrá una multa de Pesos Treinta Mil $ 30.000. para lograr la habilitación comercial.

Art. 9°: La autoridad responsable de labrar la multa será Inspectoría Municipal en colaboración con la policía de Río Negro.

Art. 10°: La Ejecución y cobro estará a cargo de la jueza de falta municipal, debiendo acercar una copia de actas, cobro y cancelación de multa al concejo deliberante y Tribunal de Cuenta Municipal.

Art. 11°: CRÉASE una partida presupuestaria a fin de depositar las multas efectivas del incumplimiento de la presente. El único fin de esta partida, será que el dinero se destine a prevención y/o en caso de emergencia declaradas.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA CIUDAD DE VALCHETA A LOS 20 DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2020. –

Autor: Concejal Lic. Richard Llanqueleo Bloque del Frente de Todos VALCHETA

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